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Día sin IVA

Así fue en Colombia el primer día sin IVA, medida del Gobierno para incentivar la economía

Durante este día se podrán hacer compras sin el 19% que representa el IVA.

Este 19 de junio se realiza en Colombia la primera de tres jornadas en las que habrá siete categorías exentas de impuesto sobre las ventas (IVA).Esta medida fue lanzada con la intención de dar un alivio a los bolsillos de los colombianos en medio de la emergencia derivada de la pandemia del Covid-19.

Durante este día se podrán hacer compras sin el 19% que representa el IVA. 

En algunas ciudades y departamentos se han reportado fuerte afluencia de personas llamando la atención de las autoridades. Se teme que estas aglomeraciones puedan ocasionar repunte de los contagios por coronavirus. 

Entre  los sectores cubiertos por esta decisión están: vestuario, accesorios personales, útiles escolares, electrodomésticos y equipos deportivos, así como bicicletas y patinetas mecánicas y eléctricas. También se aplicará para los computadores, celulares y equipos de comunicación.

¿Cuáles días no se cobrará el IVA?

Los días dispuestos por el Gobierno nacional son: 19 de junio de 2020; 3 de julio de 2020 y 19 de julio de 2020.

Prendas de vestir de todo tipo (vestido o calzado), sin tener en cuenta el material de elaboración. Se excluyen las materias primas.

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¿Cuál es el límite de compra de los bienes cubiertos?

  • Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT (Unidad de Valor Tributario), sin incluir el IVA. Cada UVT equivale 35.607 pesos.
  • Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el IVA.
  • Electrodomésticos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el IVA.
  • Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el IVA.
  • Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a diez (10) UVT, sin incluir el IVA.
  • Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a cinco (5) UVT, sin incluir el IVA.
  • Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el IVA.

Redacción NTN24 con información de Presidencia Colombia

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