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Gilber Caro recibe medidas cautelares de protección de la CIDH

La medida a favor del diputado Gilber Caro entró en vigencia a partir de este miércoles 15 de mayo

El 26 de abril el Diputado para la Asamblea Nacional Gilber Caro fue detenido por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) y hasta el momento se desconoce su paradero, a pesar que familiares, su abogada defensora han solicitado información no existe una respuesta.

El 2 de mayo el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) representado por su coordinador general Humberto Prado, acompañado de Beatriz Carolina Girón, Carlos Ayala, miembros del equipo de OVP y Theresly Malave, abogada penalista defensora del parlamentario introdujeron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una solicitud de medidas cautelares instando a la Comisión que requiera al Estado la adopción de las medidas necesarias para proteger los derechos de Gilber Caro.

La Comisión una vez que recibió la petición por parte de OVP  solicitó el 3 de mayo al Estado información sobre el paradero del diputado, dando un lapso de 72 horas, mismo en el que no se obtuvo respuesta alguna.

Ante la negativa de respuestas y las alegaciones de hechos y derecho enviadas por OVP y por la abogada del parlamentario la Comisión considera que el diputado se encuentra “en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida e integridad enfrentan un riesgo de daño irreparable”.

Por todos estos fundamentos presentado ante la CIDH el 15 de mayo fue que la Comisión contestó a la petición realizada por OVP y Gilber Caro recibió este miércoles Medidas Cautelares de protección bajo el No. 426-19 y la resolución 26/2019 y dieron un plazo de (7) siete días hábiles a partir del día que emitida la medida para dar adoptar las Medidas Cautelares emitidas y además informar de forma periódica sobre su situación, se acordó que:

  • Se adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Gilbert Alexander Caro Alfonzo. Se informe si el beneficiario se encontraría bajo custodia del Estado y las circunstancias en que se encontraría, o bien, de las medidas encaminadas a determinar su paradero o destino.
  • Informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.

Es de resaltar que no solo la Comisión se ha pronunciado al respecto por el caso del parlamentario también lo ha hecho el grupo de trabajo de desapariciones forzadas también emitió una acción para que El Estado responda de la ubicación del diputado.

Por su parte Amnistía Internacional solicitó al SEBIN que proporcione información acerca del lugar en el que se encuentra el parlamentario, del que no se tiene conocimiento alguno desde el pasado 26 de abril.

La portavoz de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas expresó su preocupación por haberse llevado a cabo la detención sin respeto a la inmunidad legislativa y por no haber presentado al propuesto beneficiario ante un tribunal, pudiéndose configurar los elementos constitutivos de una desaparición forzada.

Nota de prensa OVP

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