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Doce catalanes sentenciados por promover la independencia de España

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Doce independentistas catalanes condenados por el Supremo español
La sentencia devuelve la cuestión catalana al centro del debate político, a pocas semanas de las elecciones legislativas del 10 de noviembre

Un exvicepresidente regional, varios antiguos ministros del gobierno catalán, una expresidenta del Parlamento regional y dos dirigentes de influyentes asociaciones catalanas.

La sentencia devuelve la cuestión catalana al centro del debate político, a pocas semanas de las elecciones legislativas del 10 de noviembre.

Según reseñó AFP, en Barcelona ya se estaban organizando las primeras movilizaciones independentistas, y están previstas manifestaciones en toda Cataluña.

Estos son los doce líderes independentistas condenados por la tentativa de secesión de 2017.

- 13 años para el ex número dos del gobierno catalán -

Dirigente de Izquierda Republicana de Cataluña (ERC), Oriol Junqueras, de 50 años, fue condenado a 13 años de prisión, por sedición y malversación de fondos públicos.

La fiscalía había solicitado 25 años de cárcel por rebelión y malversación, y los abogados que representaron al Estado 12 años, por sedición y malversación.

Junqueras fue encargado por el entonces presidente regional Carles Puigdemont de preparar el referéndum de autodeterminación ilegal del 1 de octubre de 2017. Fue el principal acusado del juicio, en ausencia de Puigdemont, huido de la justicia española a Bélgica.

- Más de 10 años para exministros regionales -

Tres antiguos ministros regionales, Dolors Bassa (60 años) Jordi Turull (53), y Raul Romeva (48), fueron condenados a 12 años de prisión por sedición y malversación.

Otros dos exministros catalanes, Josep Rull (51 años) y Joaquim Forn (55), fueron sentenciados a 10 años y 6 meses de prisión por sedición.
La fiscalía reclamaba para ellos 16 años, los abogados del Estado, 11 y medio.

- 11,5 años por la expresidenta del Parlamento catalán -

Carme Forcadell, de 64 años, recibió 11 años y 6 meses de prisión por sedición. La fiscalía solicitaba 17 años, los abogados del Estado, 10.

Esta exdirigente de la influyente Asamblea Nacional Catalana (ANC), que organizó masivas manifestaciones de separatistas, ignoró las advertencias de la justicia de que no permitiera la tramitación de leyes para organizar el referéndum y la secesión.

- 9 años para dos dirigentes de asociaciones independentistas -

El Tribunal Supremo condenó a 9 años de prisión por sedición al presidente de la ANC en el momento de los hechos, Jordi Sánchez, de 55 años, y el presidente de otra gran asociación separatista, Omnium Cultural, Jordi Cuixart, de 44 años.

La fiscalía reclamaba 17 años, los abogados del Estado, 8.
Ambos fueron puestos en prisión provisional el 16 de octubre de 2017 por haber convocado una manifestación frente a una dependencia del gobierno catalán que era registrada, impidiendo la salida de funcionarios y agentes de fuerzas del orden.

Esta protesta de miles de independentistas no dejó heridos, pero varios vehículos de a Guardia Civil fueron destruidos.

- Multa para otros tres exministros regionales -

Otros tres exministros regionales, los únicos acusados en libertad condicional, fueron condenados a una multa de 60.000 euros y 20 meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Fiscalía y abogados del Estado pedían 7 años por malversación y desobediencia. 

Ellos son Santi Vila, 46 años, quien abandonó el gobierno regional la víspera de la declaración de la independencia, el 27 de octubre de 2017; Carles Mundó, 43 años; y Meritxell Borràs, 55 años.

Estas son cinco claves de la sentencia del Tribunal Supremo de España que condenó este lunes a nueve independentistas por su papel en la tentativa de secesión de Cataluña en 2017.

- Sedición y no rebelión -

"No basta la constatación de indiscutibles episodios de violencia para proclamar que los hechos integran un delito de rebelión", concluyó el máximo tribunal, rechazando los argumentos de la fiscalía.

En su fallo de unas 500 páginas, los siete jueces constatan que los dirigentes separatistas no se sirvieron de la violencia en su búsqueda de separarse de España.

En cambio, nueve de los doce procesados fueron reconocidos culpables de sedición por "movilizar a la ciudadanía en un alzamiento público y tumultuario que, además, impide la aplicación de las leyes y obstaculiza el cumplimiento de las decisiones judiciales".

- Movilizaciones masivas -

El tribunal evocó la movilización del 20 y 21 de septiembre de 2017, cuando 40.000 personas se concentraron ante un edificio público en Barcelona, impidiendo a la policía judicial llevar a cabo con normalidad un registro. No hubo heridos, pero varios coches de la Guardia Civil fueron destrozados.

Estas movilizaciones, impulsadas por los dirigentes de las asociaciones independentistas ANC y Omnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, "crearon el ambiente coactivo e intimidatorio".

Aunque encontraron "siempre elogiable" el compromiso con la no violencia de Cuixart y Sánchez, condenados cada uno a 9 años de cárcel, los jueces concluyeron que los dos empujaron a sus simpatizantes a oponerse a la ejecución de las decisiones judiciales.

- El día del referéndum prohibido -

Durante el referéndum de autodeterminación del 1 de octubre de 2017, organizado pese a la prohibición de la justicia, "ciudadanos rebeldes" se mostraron "firmemente decididos" a no permitir a los agentes entrar a los centros de votación para confiscar las urnas.

El tribunal vio "un levantamiento tumultuario (...) para convertir en papel mojado –con el uso de vías de hecho y fuerza física- unas decisiones judiciales".

"Ante la oposición decidida de los numerosos grupos compactados de personas que protegían" los centros, "los agentes de Policía Nacional y Guardia Civil se vieron obligados al uso de la fuerza legalmente prevista. El enfrentamiento entre ciudadanos y agentes de la autoridad derivó en lesiones que, en numerosos casos, exigieron asistencia facultativa".

- Inexistente derecho a la autodeterminación -

"No existe ninguna constitución europea que avale el 'derecho a decidir'" la independencia a una región de un país, según la sentencia, que señala a los separatistas de haber movilizado a sus seguidores en nombre de un "imaginario derecho de autodeterminación".

- Una "mera quimera" -

Para el tribunal, los ciudadanos catalanes fueron engañados ya que los acusados sabían que el señalado derecho a decidir "no era sino el señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano".

Los procesados buscaban "presionar al Gobierno de la Nación para la negociación de una consulta popular".

Los jueces concluyeron que el Estado, al mantener el control en todo momento, convirtió "el eventual propósito independentista en una mera quimera".

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