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Venezuela

Trump notificó al Congreso extensión de emergencia sobre Venezuela

Trump solicita al Congreso extender emergencia sobre Venezuela
El embajador de Venezuela en Estados Unidos, Carlos Vecchio, agradeció la medida al presidente Trump por medio de Instagram

El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, emitió un comunicado este jueves en el que solicita al Congreso extender la emergencia sobre el caso Venezuela (Orden Ejecutiva 13692), emitida el 8 de marzo de 2015.

"Las circunstancias descritas en la Orden ejecutiva 13692, y las órdenes ejecutivas posteriores emitidas con respecto a Venezuela, no han mejorado, y estas circunstancias en Venezuela continúan planteando una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos", se lee en el comunicado.

"Por esta razón, he determinado que es necesario continuar la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692 con respecto a la situación en Venezuela".

El embajador de Venezuela en Estados Unidos, Carlos Vecchio, agradeció la medida al presidente Trump por medio de Instagram.

"Agradecemos a la administración de @POTUS y al Congreso de #EEUU todos sus esfuerzos y acciones para avanzar hacia una #VenezuelaLibre de dictadura", publicó Vecchio.⁣ "Los venezolanos no podemos solos frente a un régimen narcoterrorista y en esta lucha libertaria EEUU ha sido y es principal aliado", agregó.

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A continuación, el texto íntegro del aviso y del mensaje del presidente Trump:

Texto de un aviso sobre la continuación de la emergencia nacional con respecto a Venezuela

El 8 de marzo de 2015, el Presidente emitió la Orden Ejecutiva 13692, declarando una emergencia nacional con respecto a la situación en Venezuela basada en la erosión de las garantías de derechos humanos del Gobierno de Venezuela; persecución de opositores políticos; restricción de las libertades de prensa; uso de la violencia y las violaciones y abusos de los derechos humanos en respuesta a las protestas antigubernamentales; y arrestos y detenciones arbitrarias de manifestantes antigubernamentales, así como la presencia exacerbada de corrupción gubernamental significativa.

El 24 de agosto de 2017, emití la Orden ejecutiva 13808 para tomar medidas adicionales, con respecto a la emergencia nacional declarada en la Orden ejecutiva 13692, para abordar los abusos graves de los derechos humanos y las libertades fundamentales; la profundización de la crisis humanitaria en Venezuela; el establecimiento de una Asamblea Constituyente ilegítima, que usurpó el poder de la Asamblea Nacional elegida democráticamente y otras ramas del Gobierno de Venezuela; corrupción pública rampante; y la continua represión y persecución y violencia hacia la oposición política.

El 19 de marzo de 2018, emití la Orden Ejecutiva 13827 para tomar medidas adicionales, con respecto a la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692, para abordar las acciones tomadas por el régimen de Maduro para tratar de eludir las sanciones de los Estados Unidos mediante la emisión de una moneda digital en un proceso que la Asamblea Nacional elegida democráticamente por Venezuela denunció como ilegal.

El 21 de mayo de 2018, emití la Orden ejecutiva 13835 para tomar medidas adicionales, con respecto a la emergencia nacional declarada en la Orden ejecutiva 13692, para abordar las acciones del régimen de Maduro, incluida la mala gestión económica endémica y la corrupción pública a expensas del pueblo venezolano y su prosperidad y represión de la oposición política; intenta socavar el orden democrático celebrando elecciones anticipadas que no fueron libres ni justas; y la profundización de la crisis humanitaria y de salud pública en Venezuela.

El 1 de noviembre de 2018, emití la Orden ejecutiva 13850 para tomar medidas adicionales, con respecto a la emergencia nacional declarada en la Orden ejecutiva 13692, para abordar las acciones del régimen de Maduro y las personas asociadas para saquear la riqueza de Venezuela para sus propios fines corruptos; degradar la infraestructura y el entorno natural de Venezuela mediante la mala gestión económica y las prácticas industriales y mineras confiscatorias; y catalizar una crisis migratoria regional al descuidar las necesidades básicas del pueblo venezolano.

El 25 de enero de 2019, emití la Orden Ejecutiva 13857 para tomar medidas adicionales, con respecto a la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692, para abordar las acciones de personas afiliadas al régimen ilegítimo de Maduro, incluidas las violaciones de los derechos humanos y los abusos en respuesta a la lucha contra -Maduro protestas; arresto arbitrario y detención de manifestantes anti-Maduro; restricción de la libertad de prensa; hostigamiento de opositores políticos; y continuos intentos de socavar al presidente interino de Venezuela y socavar la Asamblea Nacional, la única rama legítima del gobierno debidamente elegida por el pueblo venezolano, y evitar que el presidente interino y la Asamblea Nacional ejerzan autoridad legítima en Venezuela.

El 5 de agosto de 2019, emití la Orden ejecutiva 13884 que impuso un bloqueo económico total al Gobierno de Venezuela, con respecto a la emergencia nacional declarada en la Orden ejecutiva 13692, por sus continuos abusos contra los derechos humanos, incluidos el arresto y la detención arbitrarios o ilegales. de los ciudadanos venezolanos, la interferencia con la libertad de expresión, incluso para los miembros de los medios de comunicación, y los intentos continuos de socavar el ejercicio de autoridad legítima del presidente interino de Venezuela y la Asamblea Nacional de Venezuela en Venezuela.

Las circunstancias descritas en la Orden ejecutiva 13692, y las órdenes ejecutivas posteriores emitidas con respecto a Venezuela, no han mejorado, y estas circunstancias en Venezuela continúan planteando una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos. Por lo tanto, de acuerdo con la sección 202 (d) de la Ley Nacional de Emergencias (50 U.S.C.1622 (d)), continúo durante 1 año la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692.

Este aviso se publicará en el Registro Federal y se transmitirá al Congreso.

DONALD J. TRUMP

LA CASA BLANCA,
5 de marzo de 2020.

Mensaje al Congreso sobre la continuación de la emergencia nacional con respecto a Venezuela

AL CONGRESO DE ESTADOS UNIDOS:

La Sección 202 (d) de la Ley Nacional de Emergencias (50 USC 1622 (d)) prevé la terminación automática de una emergencia nacional a menos que, dentro de los 90 días anteriores a la fecha de aniversario de su declaración, el Presidente publique en el Registro Federal y transmita al Una notificación al Congreso indicando que la emergencia continuará vigente después de la fecha de aniversario. De conformidad con esta disposición, he enviado al Registro Federal para su publicación el aviso adjunto que declara que la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692 del 8 de marzo de 2015, con respecto a la situación en Venezuela, continuará vigente más allá del 8 de marzo, 2020.

La situación en Venezuela continúa planteando una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos. Por esta razón, he determinado que es necesario continuar la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692 con respecto a la situación en Venezuela.

DONALD J. TRUMP

LA CASA BLANCA,
5 de marzo de 2020.

Redacción: NTN24


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