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Consejo de Estado de Colombia suspendió el "decretazo" del presidente Petro con el que convoca a una consulta popular

Gustavo Petro | Foto: EFE
Gustavo Petro | Foto: EFE
El tribunal colombiano justificó la determinación argumentando que el documento fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado.

El Consejo de Estado de Colombia, a través de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, suspendió los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025 con el que el presidente Gustavo Petro convocaba a una consulta popular nacional sobre temas laborales.

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El tribunal informó la determinación tras resolver una demanda presentada por el presidente del Senado, Efraín Cepeda, y otros congresistas, donde se indicaba que el documento fue expedido sin el concepto previo favorable del Legislativo, alegando también la vulneración a de los artículos 104 de la Constitución Política y 50 y 31 b) de las Leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente.

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“Esta Sala encuentra procedente impartir el trámite de urgencia y suspender provisionalmente los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025 «por el cual se convoca a una consulta popular nacional y se dictan otras disposiciones», toda vez que se demostró, al menos para efectos de esta etapa inicial del proceso judicial, la violación de los artículos 104 de la Constitución Política, 50 de la Ley 134 de 1994 y 31 de la Ley 1757 de 2015, pues fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República”, argumentó la sala en el auto.

Así las cosas, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025, conforme las razones expuestas en la parte considerativa de la providencia.

Ante el pronunciamiento del tribunal, el presidente Gustavo Petro reaccionó a través de sus redes sociales asegurando que “ya la discusión no es jurídica”.

“Ni lo uno, ni lo otro. Ni el consejo de estado puede determinar inconstitucionalidad, ni necesito cambiar asesores, porque tampoco ha dicho ilegalidad, solo una sala ha suspendido transitoriamente mi decreto que entregué fue a la Corte Constitucional”, escribió Petro en su cuenta de X como respuesta al senador Carlos Fernando Motoa que reaccionó a la medida.

Además, agregó: “Pero ya la discusión no es jurídica. El Congreso tiene su última palabra, después de llegados al resultado final. Claro que la mesa directiva de Senado puede usar la suspensión para detener la conciliación y acabar con los derechos recién adquiridos por millones de trabajadores de Colombia, o puede cumplir su palabra; ya no es ante mí, como presidente, es ante el pueblo, y no es una amenaza, el pueblo tendrá la última palabra, porque es el poder soberano, el verdadero dueño del poder”.

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El presidente del Senado, Efraín Cepeda, quien junto a otras personas presentó la demanda, también reaccionó y señaló que “la decisión del Consejo de Estado de suspender el decreto de la consulta popular busca proteger el Estado de Derecho y evitar un daño irreparable".

"Este auto resalta la importancia de la separación de poderes y el rol de los mecanismos de pesos y contrapesos en el sistema democrático”, consideró.

La noticia se conoce un día después de que el Senado de la República aprobara la reforma laboral del presidente Petro, lo cual restaría propósito a la consulta popular. De hecho, el mandatario aseguró que una vez sea conciliada su reforma derogaría el decreto que acaba suspender el Consejo de Estado.


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