"Busca evitar un daño irreparable": reacciones a la decisión del Consejo de Estado de suspender decreto de consulta popular del gobierno Petro en Colombia

Diversas reacciones despertó la decisión del Consejo de Estado de Colombia que determinó, este miércoles, suspender el decreto de convocatoria a una consulta popular firmado por el presidente Gustavo Petro para implementar la reforma laboral.
Sectores de la oposición celebraron la decisión del Consejo de Estado, entre ellos el presidente del Senado, Efraín Cepeda, uno de los primeros en reaccionar.
“La decisión del Consejo de Estado de suspender el decreto de la consulta popular busca proteger el Estado de Derecho y evitar un daño irreparable. Este auto resalta la importancia de la separación de poderes y el rol de los mecanismos de pesos y contrapesos en el sistema democrático”, escribió Cepeda en su cuenta de X.
El presidente del Senado, además, indicó que “a pesar de las advertencias de diversos sectores sobre la ilegalidad del decreto, el presidente optó por seguir el criterio de algunos asesores, cuya interpretación, aunque imaginativa, careció de suficiente sustento jurídico”. “Todo nuestro apoyo al Consejo de Estado y a la justicia en general”, remató.
A su vez, la senadora Paloma Valencia del partido Centro Democrático calificó la decisión como “una defensa del Estado de derecho”.
“Nos alegra la defensa del Estado de derecho del Consejo de Estado. El decreto del presidente Petro es ilegal e inconstitucional, y no podrá aplicarse mientras no haya una decisión de fondo por parte del Consejo de Estado”, dijo Valencia.
Por su parte, la representante del partido Alianza Verde, Catherine Juvinao, pidió al presidente Petro respeto por las instituciones.
“Importante que el presidente comprenda que amenazar, literalmente amenazar al registrador Penagos con mandarle la Fiscalía por no acatar un decreto ilegal, es propio de tiranías. El presidente debe ser el primero en respetar las instituciones, no en socavarlas”, indicó en X.
El Consejo de Estado justificó su determinación, cabe resaltar, argumentando que el documento fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, en los términos previstos en el artículo 104 de la Constitución.