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Miércoles, 07 de octubre de 2026
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Nicolás Maduro

Tribunal de Maduro ratificó privativa de libertad contra Nicmer Evans

Tribunal de Maduro ratificó privativa de libertad contra Nicmer Evans
Foto: Cortesía
El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (Sntp) denunció que al politólogo desde su detención, se le ha violado el derecho a la defensa

El Tribunal 21º de control, al servicio del régimen venezolano, dictó privativa de libertad contra el politólogo, Nicmer Evans por supuesta instigación al odio. 

Tras cuatro horas de audiencia, el juez de Maduro ratificó el delito contra el odio por unos tuits de Evans donde sugiere que en venezuela se vive una narcodictadura, de acuerdo a información del periodista Johan Álvarez. 

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Evans, también director del medio informativo Punto de Corte, fue trasladado a la sede de la Dirección de Contrainteligencia Militar (Dgcim) en Boleita, donde permanece desde el día lunes cuando, luego de un allanamiento en su casa, decidió entregarse a la ‘justicia’ del régimen chavista. 

El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (Sntp) informó que el tribunal permitió que la esposa de Evans, Martha ambero, presenciara en juicio, además, denunciaron que al politólogo, desde su detención, se le ha violado el derecho a la defensa. Asimismo, siendo paciente hipertenso, sus familiares no pudieron entregar los medicamentos debido a que no le permitían la visita. 

La defensa de Evans tiene cinco días hábiles para apelar a la medida. 

Cabe recordar que días antes, Cambero dijo a la prensa que en el allanamiento los funcionarios la presionaban para que dijera dónde estaba su marido, asimismo, indicó que de su casa sacaron equipos electrónicos.  

La Ley Contra el Odio implementada en Venezuela, ha servido como excusa a Maduro para actuar contra aquellos que piensan diferente, muy contrario de lo que reza el artículo 20 del capítulo del decreto. 

“Delito de promoción o incitación al odio: Artículo 20. Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados”, detalla. 

Sin embargo, las personas juzgadas por esta ley han sido solo por decir algo que perjudique directamente a Maduro. 

Redacción NTN24 

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