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Asilo en Estados Unidos

Solicitantes de asilo en EE. UU. deben llevar su propio intérprete a las entrevistas: ¿Qué significa?

En diálogo con NTN24, la abogada migratoria Rosaly Chaviano se refirió a las ventajas y desventajas de la determinación.

Los solicitantes de asilo afirmativo deben llevar su propio intérprete durante las entrevistas en las oficinas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), esto en caso de no dominar el inglés o si desean proceder con dicha entrevista en otro idioma que no sea el inglés.

La medida, que se encontraba suspendida por la contingencia del covid-19, fue implementada nuevamente por el Gobierno estadounidense a partir del 13 de septiembre.

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Al respecto, la abogada Rosaly Chaviano habló en el programa La Tarde de NTN24 sobre las ventajas y desventajas que trae dicha determinación para los solicitantes de asilo.

“Hay un lado positivo y uno negativo (...) en el lado negativo es que esto generará un costo adicional para las personas, ya que normalmente pagan un abogado y todos estos costos se añaden. El lado positivo es que las personas van a tener un poco más de control con el intérprete, ya que aquellas interpretaciones que no sean correctas pueden afectar sus pasos. Es recomendable que este intérprete sea alguien profesional”, afirmó.

Por otra parte, Chaviano aclaró que este tipo de medida solo aplica para los solicitantes de asilo afirmativo que se tramitan en las oficinas de USCIS.

“El otro tipo de asilo en EE. UU es el asilo defensivo, el cual se tramita con la Corte, donde se proporcionan estos intérpretes (...) es importante tener un poco más de control si llegamos a ese intérprete correcto, que realmente sea un profesional que va a interpretar las palabras correctamente porque se ven muchos errores”, añadió.

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Aunque el Gobierno de EE. UU. indica que el intérprete debe ser gestionado por cada solicitante, se exige una serie de condiciones o requisitos para este tipo de personas.

En ese contexto precisan que no serán aceptados lo interpretes que figuren como abogado de la persona, testigos de los solicitantes, empleados del Gobierno y personas solicitantes de asilo que no hayan tenido entrevista.


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