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Corte Constitucional de Colombia despenaliza el aborto hasta la semana 24 de gestación

Vea aquí el programa La Noche del martes 22 de febrero de 2022

La Sala de la Corte Constitucional de Colombia despenalizó la Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta el sexto mes de gestación. La votación fue aceptada en sesión extraordinaria por cinco votos a favor y cuatro en contra de los magistrados de la alta corte. Este fallo se produce como respuesta a una demanda presentada en 2020 por el movimiento Causa Justa, una coalición de 90 organizaciones, en la que el colectivo exigía el fin de la criminalización del aborto.

Así mismo, la decisión de la Corte precisa que bajo ninguna circunstancia será posible exigir un número de semanas para cuando se trate de abortos en las tres causales legales (Cuando exista peligro para la salud física o mental de la mujer, grave malformación del feto que haga inviable su vida y en caso de acceso carnal violento)

Hoy en La Noche, hablamos con Aura Carolina Cuasapud, vocera del movimiento Causa Justa, quien puntualizó que la decisión que la Corte Constitucional no solo se está defendiendo la garantía del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, sino los derechos sexuales de las mujeres colombianas. 

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Por su parte, Diana Sofía Giraldo, analista política, rechazó la despenalización del aborto hasta la semana 24 de gestación y aseguró que es un exceso de la Corte Constitucional dicha decisión, pues se supone que debe primar el derecho a la vida. 

El doctor David Vásquez, médico Especialista en Ginecología y Obstetricia, nos explicó como es el procedimiento de una interrupción de embarazo a los 6 meses de gestación y aseguró que inclusive cuando en la ecografía se va a proceder al feticidio, muchas veces el mismo feto se defiende con sus manos de la aguja que le están introduciendo en su corazón.

Finalmente, Remberto Burgos, médico y miembro de la Academia Nacional de Medicina en Colombia, afirmó que a pesar de que en los hospitales públicos hay unos reglamentos donde el médico tiene que cumplir unas obligaciones, debe primar la objeción de conciencia ante dichos procedimientos. A su vez, considero que la Corte se extralimitó en esta decisión porque el escenario donde debió darse fue en el Congreso.

Redacción La Noche 


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