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Miércoles, 09 de septiembre de 2026
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Abelardo de la Espriella

Juez ordenó a la Presidencia de Colombia ocultar videos en los que aparecen cadáveres tras operativos de las Fuerzas Armadas

Abelardo de la Espriella (AFP)
Abelardo de la Espriella (AFP)
La medida fue anunciada tras una tutela interpuesta por el representante a la Cámara por la Alianza Verde Santiago Osorio.

Un Juzgado de Bogotá ordenó en primera instancia a Abelardo De La Espriella, a la Presidencia y al Departamento Administrativo de la Presidencia de Colombia eliminar los videos que fueron difundidos tras un exitoso operativo contra grupos terroristas.

La medida fue anunciada tras una tutela interpuesta por el representante a la Cámara por la Alianza Verde Santiago Osorio, quien criticó que en los videos aparecieran cadáveres en bolsas.

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Osorio arremetió contra el mandatario y aseguró que "el show de Abelardo sobre ríos de sangre y muertos no puede convertirse en la forma en la que el país se enfrenta a las estructuras narcocriminales".

Posteriormente, el legislador aseguró estar "convencido de la necesidad de un Estado fuerte, capaz de defender a la ciudadanía y someter a la criminalidad", pero aseguró que no aceptará que se "convierta a los cadáveres en utilería para alimentar el ego".

Las grabaciones fueron difundidas en redes sociales el pasado 2 y 4 de septiembre y mostraban al presidente recibiendo los resultados de las operaciones que se llevaron a cabo en La Guajira y en Guaviare, denominadas ‘Azarías’ y ‘Centinela de la Patria’.

El documento del Juzgado 14 Laboral de Bogotá:

Es la parte resolutiva de un auto que admite una acción de tutela y concede una medida provisional (cautelar), dictado con base en el artículo 86 de la Constitución Política y el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991.

Accionados:

  • Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE)
  • Presidencia de la República de Colombia
  • El Presidente Abelardo de la Espriella Otero
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Vinculados (para que se pronuncien, sin ser demandados directos):

  • Meta Platforms Inc.
  • Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC)
  • Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC)
  • Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

El despacho además ordena notificar por correo electrónico a los accionados, quienes tienen 2 días para ejercer su derecho de defensa y aportar pruebas.

Mientras se resuelve el fondo del asunto, el despacho ordena al DAPRE que en el término de 1 día oculte (no elimine definitivamente) las publicaciones de esas fechas en Instagram, para evitar un posible perjuicio irremediable mientras se determina si el contenido es violento o explícito y puede afectar psicológicamente a menores.


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