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Restricciones

Estas son las excepciones en las que no se aplicarán las restricciones de entrada a EE.UU. anunciadas por Trump para varios países, incluido Venezuela

Una de las excepciones aplica a cualquier atleta o miembro de un equipo deportivo que viajen para la Copa Mundial del próximo año.

Las restricciones de entrada a Estados Unidos para nacionales de varios países incluido Venezuela, anunciadas por el presidente Donald Trump este miércoles 4 de junio, tienen algunas excepciones que fueron descritas en la proclama del mandatario.

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La proclama precisa que la suspensión y limitación de entrada no se aplicarán a:

-Cualquier residente permanente legal de los Estados Unidos.

-Cualquier doble nacional de un país designado cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado en la proclamación.

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-Cualquier nacional extranjero que viaje con una visa válida de no inmigrante en las siguientes categorías: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 o NATO-6.

-Cualquier atleta o miembro de un equipo deportivo, incluidos entrenadores, personas que desempeñen un papel de apoyo necesario e familiares inmediatos, que viajen para la Copa Mundial (que se jugará en México Canadá y Estados Unidos en 2026), los Juegos Olímpicos (pactados para disputarse en Los Ángeles 2028) u otro gran evento deportivo según lo determine el Secretario de Estado.

-Visas de inmigrante para familiares inmediatos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con prueba clara y convincente de identidad y relación familiar (por ejemplo, ADN).

-Visas Especiales de Inmigrante para Afganistán.

-Visas Especiales de Inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos y visas de inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrenten persecución en Irán.

La proclama también menciona que se podrán otorgar excepciones a la suspensión y limitación de entrada para ciertas personas “cuando el Fiscal General determine, a su discreción, que el viaje de la persona serviría a un interés nacional crítico de los Estados Unidos relacionado con el Departamento de Justicia, incluida la necesidad de que la persona participe en procedimientos penales como testigo”.

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“Dichas excepciones solo podrán ser otorgadas por el Fiscal General o su designado, en coordinación con el Secretario de Estado y el Secretario de Seguridad Nacional”, indicó.

También manifiesta que se podrán otorgar excepciones a la suspensión y limitación de entrada “caso por caso para personas cuando el Secretario de Estado determine, a su discreción, que el viaje de la persona serviría a un interés nacional de los Estados Unidos”.

“Dichas excepciones solo podrán ser otorgadas por el Secretario de Estado o su designado, en coordinación con el Secretario de Seguridad Nacional o su designado”, reitera el documento.

Trump informó mediante una nota oficial que ordenó restringir totalmente y limitar la entrada a los nacionales de 12 países y restringir parcialmente el ingreso de ciudadanos de otras siete naciones.

“He determinado restringir totalmente y limitar la entrada a los nacionales de los siguientes 12 países: Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen”, indicó.

En el mismo documento precisó que la restricción parcial de entrada aplica, entre tanto, para nacionales de Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.


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