Juez ordena a Abelardo de la Espriella abstenerse de participar en actos religiosos
Por orden de un juez, el presidente Abelardo de la Espriella deberá abstenerse de participar, en ejercicio de sus funciones, en actos religiosos que representen o impliquen una adhesión o identificación del jefe de Estado con una religión determinada.
Así lo manifestó el Juzgado 804 Transitorio de Familia de Bogotá al resolver una acción de tutela presentada por un ciudadano, quien pidió la protección de los derechos fundamentales a la libertad de conciencia, la libertad de cultos y la laicidad del Estado.
Cabe resaltar que en la acción judicial se cita el acto celebrado el pasado 29 de agosto en la Plaza de Bolívar, en Bogotá, convocado por el Gobierno nacional en medio de la Gran velatón por las víctimas del terremoto.
Según el accionante, el presidente “presidió” un “evento religioso”, lo que iría en contravía del principio de Estado laico establecido en la Constitución Política de Colombia.
En la tutela se indicó que, según la transmisión realizada por los canales oficiales de la Presidencia, De la Espriella participó directamente en la “coronación de una estatua de la Virgen de Fátima”.
El hecho de que el evento fuera transmitido por las redes sociales de la Presidencia y por su canal de YouTube, según el accionante, le otorgó un carácter institucional y excluyó a otras religiones y credos.
Debido a esto, el juez compartió parte de los reclamos del ciudadano y señaló que, en efecto, se presentó un “desborde” del “principio de neutralidad religiosa que exige que las autoridades públicas se abstengan de identificarse o realizar actos oficiales de adhesión, incluso simbólicos, a una determinada religión o confesión”.
En el evento analizado, se indicó que Abelardo de la Espriella actuó como jefe de Estado en un acto oficial convocado por el Gobierno. Por esta razón, el juez le pidió abstenerse de participar en eventos religiosos cuando estos tengan carácter oficial.
Sin embargo, frente al otro reclamo, el juez consideró que el presidente De la Espriella no fue quien emitió la frase en la que se entrega la Nación a Cristo.
Esta conclusión se tomó después de revisar el material audiovisual allegado, disponible en la página de la Presidencia y en varios medios de comunicación.
En la decisión de primera instancia también se rechazó la petición de excusas públicas por parte del presidente. Frente a esto, la Presidencia podrá presentar un recurso de impugnación.