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La JEP pidió al Gobierno de Abelardo de la Espriella una explicación sobre obras retiradas del Museo Nacional

Museo Nacional de Bogotá - AFP
Museo Nacional de Bogotá - AFP
La petición indica que se busca establecer si con esta acción emprendida se afectaron los derechos a la verdad, la memoria, la reparación simbólica y las garantías de no repetición de las víctimas de desaparición forzada y sus familiares.

En un oficio enviado al Ministerio de Cultura y al Museo Nacional, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) pidió información completa sobre el reciente traslado y retiro de piezas y contenidos museográficos asociados al conflicto armado interno, la desaparición forzada y la memoria de las víctimas.

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En la solicitud, firmada por el magistrado Raúl Eduardo Sánchez, de la Sección de Ausencia de Reconocimiento, se pide toda la documentación sobre los hechos que motivaron el traslado de estas obras del Museo Nacional en días pasados, así como un inventario.

La petición indica que se busca establecer si con esta acción emprendida por el Ministerio de Cultura se afectaron los derechos a la verdad, la memoria, la reparación simbólica y las garantías de no repetición de las víctimas de desaparición forzada y sus familiares.

Asimismo, la JEP pide que en la documentación se incluya el número provisional de las piezas, objetos, reproducciones, paneles y textos que fueron retirados, sustituidos, ocultados o reubicados.

Del mismo modo, deberán detallarse las personas y dependencias que autorizaron o ejecutaron las intervenciones, así como la ubicación y custodia actual de los elementos.

Igualmente, deberán entregar información sobre cada pieza intervenida, los registros de inventario y movimiento, las fotografías anteriores y posteriores, los conceptos técnicos y jurídicos, las comunicaciones institucionales y los documentos que sustenten las decisiones.

En este punto, tendrán que aportar los nombres, fotografías, testimonios, objetos personales o relatos de personas desaparecidas, sus familiares y organizaciones de víctimas. Estos datos permitirán una identificación plena.

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En el mismo sentido, según lo que se indica, el Ministerio de Cultura deberá informar si, antes del traslado de las obras, existió un diálogo con las comunidades y los aportantes de las piezas, así como sobre las condiciones actuales de conservación y las alternativas de acceso o reincorporación que se hayan evaluado.

La Sección señaló que cada museo cuenta con independencia para realizar los respectivos traslados o cambios de obra cuando lo considere pertinente.

Sin embargo, enfatizó que, cuando se involucran testimonios y objetos de víctimas, estas acciones de traslado deben estar respaldadas por documentación suficiente, criterios verificables y garantías para la protección de sus derechos.

Por orden de un juzgado, el traslado de las piezas quedó suspendido provisionalmente el pasado 19 de octubre, mientras se resuelve de fondo una acción de tutela presentada por varios colectivos artísticos.

“(…) se abstenga de destruirlas, trasladarlas fuera de sus instalaciones, darlas de baja, devolverlas a terceros o alterarlas de cualquier forma mientras se decide de fondo la presente acción; se abstenga igualmente de retirar, desmontar o intervenir otras piezas de las exposiciones por razón de su contenido sin que medien actos administrativos que justifiquen tales decisiones”, indicó el juez.


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