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Miércoles, 19 de agosto de 2026
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Abelardo de la Espriella

Abelardo De la Espriella decretó oficialmente la emergencia económica para hacerle frente a la crisis humanitaria que deja el terremoto en Colombia

Abelardo De La Espriella decretó emergencia económica - EFE
Abelardo De La Espriella decretó emergencia económica - EFE
Según el pronunciamiento del presidente y el decreto, la prioridad hoy es atender a los damnificados, pero el desafío es la reconstrucción de las zonas con mayor afectación, que costará 30 billones de pesos.

El Gobierno de Abelardo De la Espriella ya firmó el decreto por el cual declara la emergencia económica en 15 departamentos, con el fin de hacerle frente a la crisis humanitaria que hoy vive Colombia luego del terremoto del 10 de agosto, que, según el último reporte, deja 262.154 personas afectadas, 314 fallecidos, 4.437 heridos y 262 desaparecidos.

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Declárase el Estado de Emergencia Económica, Social y por grave calamidad pública en Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre, por término de treinta (30) días calendario, con el fin de conjurar la crisis y evitar la extensión de sus efectos”, dice el artículo 1.° del Decreto 1261, que fue firmado por todos los ministros del nuevo Gobierno.

A través de este estado de excepción, contemplado en el artículo 215 de la Constitución Política, el Gobierno podrá emitir decretos con fuerza de ley para atender la emergencia causada por el fenómeno natural.

Según el pronunciamiento del presidente y el decreto, la prioridad hoy es atender a los damnificados, pero el desafío es mayor, pues la reconstrucción de las zonas con mayor afectación costará 30 billones de pesos.

“Cuando sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá el Presidente, con la firma de todos los ministros, declarar el Estado de Emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año calendario”, dice la Constitución sobre esta figura.

Cabe aclarar que esta medida le permitirá al Ejecutivo emitir decretos con fuerza de ley dirigidos únicamente a la atención de la contingencia. Se podrá, por ejemplo, establecer nuevos tributos o modificar los existentes, algo que, en condiciones normales, es facultad del Legislativo, pero que la Constitución permite durante estas emergencias.

Del mismo modo, el Gobierno, tal y como lo señala la norma y quedó establecido en el documento, deberá rendir un informe al Congreso sobre las causas que determinaron la presente declaratoria y las medidas adoptadas en medio de esta emergencia. Asimismo, el decreto emitido este 19 de agosto será remitido a la Corte Constitucional para su evaluación.

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Se espera que en los próximos días se emitan los nuevos decretos con los cuales la administración de Abelardo de la Espriella espera hacerle frente a esta crisis humanitaria, que se presentó tan solo tres días después de haber asumido el poder.

Finalmente, el presidente de la República agradeció a la comunidad y a los diferentes entes, como el Ejército, los bomberos y los rescatistas, entre otros, que han estado al frente de esta tragedia. Asimismo, agradeció a los empresarios que han estado dispuestos a ayudar en la reconstrucción de los departamentos afectados.


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