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Aprueban en Colombia la integración de las aerolíneas Avianca y Viva Air, pero con condiciones

Avión de la empresa Viva Air (EFE)
Avión de la empresa Viva Air (EFE)
La Aeronáutica Civil definió una serie de condicionamientos para la operación del ente integrado.

Este miércoles 26 de abril, la Aeronáutica Civil de Colombia aprobó la integración empresarial entre las aerolíneas Avianca y Viva Air en el país. No obstante, la autoridad aérea mantuvo el pliego de condiciones establecidas anteriormente para dicho trámite.

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De acuerdo con el comunicado, la Dirección de Transporte Aéreo y Asuntos Aerocomerciales expidió la resolución que da por aprobada la unificación de ambas empresas, esto luego de evaluar los recursos de reposición interpuestos por los terceros interesados, entre ellos: Ultra Air, Jet Smart, Wingo y la propia Avianca.

En ese orden de ideas, la entidad definió una serie de condicionamientos para la operación del ente integrado.

En primera instancia, la entidad exige que se “respete los derechos de los usuarios de Viva Air, se les reembolsen los tiquetes de vuelos cancelados y se les permita volar a quienes tienen reservas pendientes de ejecutar”.

En cuanto al tema de los 'slots', que son los “turnos para despegue y aterrizaje por hora”, la Aerocivil ratificó la devolución de los de estos, “tanto en salidas como en llegadas, de manera que se garanticen condiciones de competencia mediante la utilización eficiente de la infraestructura del Aeropuerto El Dorado”.

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Respecto al modelo de negocio de Viva Air, se exige que la aerolínea mantenga el esquema 'low cost' “como una opción que materialice alternativas a los usuarios del servicio de transporte aéreo, especialmente en aquellas rutas atendidas sólo por esa aerolínea”.

Por otra parte, la Aeronáutica Civil de Colombia exige “la devolución de frecuencias en la ruta Bogotá - Buenos Aires, que resulta particularmente impactada, sin afectar la oferta de sillas, abriendo la posibilidad a nuevos entrantes.”

Para el tema de precios, la autoridad aérea exige “mantener un techo de tarifas efectivo en aquellas rutas donde el ente integrado queda con el 100% de participación e igualmente garantizar el dinamismo en las rutas objeto de mayor concentración”.

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