Consejo de Estado rechazó demanda que buscaba tumbar la inscripción de Abelardo de la Espriella como candidato a la Presidencia de Colombia
Este jueves, el Consejo de Estado rechazó una demanda que buscaba tumbar la inscripción de Abelardo de la Espriella como candidato a la Presidencia de Colombia, el ganador de la primera vuelta.
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La Sección Quinta del Consejo de Estado resolvió: "Revisado el contenido de la demanda, el despacho advierte que el acto demandado no constituye un acto susceptible de control judicial, pues no contiene una decisión de fondo que culmine una actuación administrativa".
La acción legal la interpuso Sebastián López Betancourt, en nombre propio, quien promovió la demanda con el fin de que se declare nulo el acto administrativo por medio del cual se materializó la inscripción de De la Espriella como candidato presidencial para el periodo 2026-2030.
El demandante alegaba que la inscripción del candidato vulneraba varios principios constitucionales debido a que tiene triple nacionalidad, la colombiana, estadounidense e italiana. Además, alegaba que al momento de la inscripción, no había renunciado a ellas.
En su demanda, el ciudadano alegaba que, a su juicio, se vulneraron los artículos 1, 2, 4 y 95 de la Constitución Política”.
“El acto de inscripción de una candidatura es un acto de trámite, que se profiere dentro de la actuación que culmina con el acto que declara la elección, el cual no es enjuiciable forma directa, sino que su revisión solo es posible cuando se demanda conjuntamente con el acto final, en tanto su cuestionamiento sea parte de los cargos contra este”, detalló el Consejo de Estado en la providencia.
Finalmente, el Consejo concluyó que la demanda “no tiene la connotación de acto administrativo definitivo pasible de control judicial y debe rechazarse la demanda, según lo consagrado en el artículo 169 de la Ley 1437 de 2011”.